El giro de la LIONDAU
 

La orfandad normativa en relación con la accesibilidad al transporte experimentó un vuelco positivo con la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU), que encomendaba al Estado la aprobación de unas condiciones básicas de accesibilidad en relación con los distintos medios de transporte. A diferencia de las legislaciones autonómicas, esta ley sí establece un límite temporal máximo en el que todos los transportes han de ser accesibles. Además, el ordenamiento jurídico español se dota de un nuevo régimen de infracciones y sanciones en esta materia aprobado por ley en diciembre de 2007. En desarrollo de la LIONDAU, el Gobierno –con un retraso reprochable de dos años– aprobó el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas para el acceso y utilización de los modos de transporte para discapacitados.

 
 
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